domingo, 12 de junio de 2011

Pago por Compensación

3 comentarios:

  1. Compañero aunado a las funciones de este tipo de pago añadiría que no se puede omitir los efectos esenciales del pago pues si bien esta figura involucra una facilidad y garantía para las partes de igual forma una de sus funciones es la de extinguir ambos créditos siempre y cuando la cuantía sea igual.
    Además cabe resaltar que dicha extinción produce sus efectos en el momento en que ocurrieron los requisitos legales que la ley ordena... =D

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  2. Compañero añado una breve descripción de las funciones del pago por compensación:

    Facilitadora: Evita la necesidad de un doble cumplimiento, realizando un doble pago abreviado.

    Garantía: Forma de aseguramiento jurídico cuando existe reciprocidad en conductas a favor de ambas partes.

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  3. Muy Bien Jean Carlo

    La información está bien organizada y las diapositivas no están saturadas que es uno de los aspectos más importantes.

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